Las Liquidaciones Laborales en Tiempos del COVID-19

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Aclaración sobre las Liquidaciones Laborales en Tiempos del COVID-19

En relación con la aprobación de la Ley 9832 “Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional”, es importante tomar en cuenta que, aunque la norma establece la posibilidad temporal de reducir las jornadas y por ende el salario a pagar, esto no es aplicable para el caso de la liquidación.

El artículo 4 de la norma establece expresamente que, para el cálculo de las prestaciones e indemnizaciones laborales, se tomarán en cuenta los salarios previos a la emergencia.

Es de importancia tanto como para patronos como para colaboradores tomar en cuenta que, a la hora de un despido, el cálculo de las prestaciones laborales regirá con base a los salarios reportados de previo a la emergencia por el COVID-19.

En Rubrika Legal atendemos sus dudas y consultas. Ponemos a su disposición reuniones virtuales a conveniencia, para comunicarse escríbanos a [email protected]

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